Las comunidades energéticas y la democratización de la energía
En España históricamente la energía ha sido un sector acotado a grandes inversores y capitales. A finales del siglo XIX se empiezan a implantar las grandes centrales hidroeléctricas que exigían un gran desembolso que exclusivamente podría ser realizado desde el Estado o por parte de grandes capitales, e incluso cuando hablamos de pequeñas centrales hidráulicas en núcleos rurales los propietarios solían ser las familias más pudientes del mismo; más adelante las estaciones de servicio se configuran en régimen de oligopolio en los que los propietarios tenían la exclusividad en unos radios limitados, y por lo tanto la segura viabilidad económica de la misma bajo concesiones administrativas “ad hoc”.
La implantación de las energías renovables y la liberalización del mercado energético y eléctrico en los años noventa tratan de cambiar esta situación abriendo el sector, así los pequeños inversores podían ser titulares de instalaciones fotovoltaicas con una prima máxima hasta 5 kW; el Real Decreto 486/2004 eleva esta potencia hasta los 100 kW y las economías de escala hacen que a partir de ese año las instalaciones incrementen su potencia, y un coste mucho mayor al que pocos individuales podían acceder en solitario.
Así durante más de una década el sector energético se vuelve a reducir, limitándose las opciones del pequeño ahorrador a invertir en grandes empresas del sector eléctrico, petrolero o gasístico, sin apenas criterio de decisión o participación social.
En 2018 el impulso al autoconsumo fotovoltaico recupera la posibilidad de que un titular gaste unos miles de euros en una instalación de generación eléctrica a su medida y pueda obtener un beneficio directo. Más adelante el autoconsumo fotovoltaico compartido reduce las barreras de entrada todavía más, ya que permite que en un mismo edificio compartir infraestructuras a un coste razonable; esta modalidad de autoconsumo está más indicada para el sector industrial pero existe la posibilidad de aplicarlo a los edificios multiviviendas o urbanizaciones residenciales, por lo que a partir de unos mil euros un participante podría tener una cuota de un kW en el reparto. El autoconsumo compartido en el sector residencial hoy es poco habitual por la compensación mensual; es necesaria una compensación anual o una batería virtual que permita que la energía generada en los meses de verano se pueda acumular en dicha compensación.
Como paso adelante respecto al autoconsumo compartido son las comunidades energéticas. La implantación de este modelo surge como la gran oportunidad para acceder a “negocio energético” para pequeños ahorradores. La comunidad energética institucionaliza un modelo de acceso generalizado de la población a la energía, al exigir que se configure como una asociación de personas físicas, pymes y administraciones públicas en la que además de estar excluida la gran empresa se exige dar un funcionamiento democrático en el que los miembros de la comunidades son los titulares de la misma, y con un poder de decisión real proporcional al capital desembolsado.
Además de las ventajas ambientales (fomento de las renovables, reducción de las emisiones de G.E.I., lucha contra el Cambio Climático) las comunidades energéticas incorporan dos objetivos inexistentes en el mercado hasta el momento como son el social (aportar algún beneficio para ciudadanos vulnerables) y el democrático, ya que incorpora la gobernanza y participación ciudadana a un sector que hasta el momento estaba reservado a la gran empresa.
Un punto pendiente de definir en las comunidades energéticas es el beneficio social en forma de apoyo a los vulnerables, que de forma genérica viene recogida en las convocatorias. Es obvio que los socios de las comunidades energéticas pertenecerán a éstas porque económicamente consideran una alternativa viable y como una inversión económica interesante, pero no parece justo que los miembros de la comunidad tengan que regalarles la parte alícuota de la instalación a personas con una situación económica comprometida; la solución más lógica sería cubrir con subvenciones o ayudas públicas directas estos costes, pero aquí aparece un problema en la discrecionalidad de elección de los beneficiarios y los criterios por los que le paga la administración pública estos costes. Actualmente este beneficio social aparece de forma genérica y no es una exigencia clara, pero parece el escollo más difícil de resolver, si se establecen cuotas inalcanzables por parte de los propietarios.
Las comunidades energéticas presentan como problema los propios de las instituciones democráticas, es difícil poner de acuerdo a personas con intereses y objetivos dispares, por lo que será imprescindible que el legislador (tanto la UE como el Ministerio de Transición Ecológica) establezcan un marco claro y al mismo tiempo flexible para que las comunidades energéticas puedan ser una realidad. Hoy conocemos las líneas básicas, pero la libertad de configuración de las mismas provocan muchas dudas sobre los requisitos a cumplir para aprovechar las ventajas de las comunidades (en especial el compromiso social), y éste es el principal inconveniente que surge para su constitución.
Artículo de Fernando Blanco Silva para el Nº 30 de la revista Dínamo Técnica