La necesidad de criterios objetivos en la evaluación de proyectos energéticos
La crisis económica y la modificación del marco de títulos profesionales en España (en particular el Plan Bolonia de estudios universitarios) han derivado en un difuso mercado profesional de asesoría y consultoría que se extiende desde los ámbitos más clásicos (fiscal o laboral) a otros tecnológicos como la informática o las instalaciones energéticas. Esta situación no es negativa de por sí, pero genera problemas derivados de la falta de regulación que supone cada una de estas figuras difusas, y las graves consecuencias que puede provocar.
Hay ciertas funciones perfectamente estandarizadas en España (el caso más claro es la regulación de la prevención de riesgos laborales) que podrían ser extrapolables a cualquier campo, sin embargo la asesoría o consultoría carecen de una regulación estricta por su propia naturaleza, porque cualquier persona puede asesorar o recomendar, y no es fácil poner límites a estos consejos, sino que es el propio cliente el que debe asegurarse que recurre a un profesional con conocimiento de causa.
En la gestión energética las competencias están limitadas a la elaboración de proyectos y direcciones de obra (ingenieros e ingenieros técnicos), y tiene su punto débil en la evaluación de proyectos; la ausencia de la figura homologada del gestor energético, los requisitos de formación difusa para desempeñar estos perfiles y los comerciales agresivos provocan una situación compleja, es importante exigir una formación previa a quien evalúa cualquier actuación, y además se deben exigir criterios objetivos como son el ahorro anual (medido en €), el periodo de retorno, el Valor Actual Neto (V.A.N.) o la Tasa Anual Equivalente (T.A.E.) de la inversión que nos permita un análisis sencillo para desestimar las actuaciones que no sean atractivas; además todos estos valores deben ser facilitados en un informe documentado y por escrito.
La casuística es muy amplia, y debemos diferenciar aquellas actuaciones que son necesarias por normativa industrial o por deterioro de las instalaciones de aquellas que supongan una mejora, pero no son imprescindible. En este grupo las actuaciones más comunes son cambios de combustibles en calderas, renovación de alumbrados, baterías de condensadores, incremento de aislamientos térmicos o sistemas de recuperación de calor/frío; en todos estos es necesario estimar la utilidad económica de cualquier posible mejora, cuando se hace de forma voluntaria.
El primer filtro es cualitativo aplicando la simple lógica; aquellas actuaciones que carezcan de seguridad jurídica, sin viabilidad técnica cierta, que se sitúen en mercados de precios muy variables y en general que no tengamos la certeza de que son adecuadas se deben descartar o reformular, incluso cuando aparentemente sean económicamente rentables. El segundo filtro es cuantitativo, se deberían rechazar las actuaciones con periodos de retorno superiores a diez años, aceptar las menores a cinco años y estudiar las sinergias de las actuaciones entre cinco y diez años; esto no significa que si los periodos de retorno incumplen estos plazos se debe descartar la idea, sino simplemente tener claro que los motivos no son estrictamente monetarios; incluso estando por debajo de los diez años que hemos planteado debemos estudiar si existen riesgos importantes que no nos garanticen el ahorro o el flujo económico previsible y siempre considerar un margen para posibles gastos e imprevistos que puedan surgir a lo largo de la vida útil de la instalación.
Las inversiones que superen estos dos filtros son a priori convenientes, aunque no se deben aceptar necesariamente. Es necesaria una modelización en profundidad; asegurar suministros a largo plazo y respecto a los costes es necesario estudiar el escenario actual y futuro, analizar la estabilidad de los precios y plantearse un escenario conservador a medio/largo plazo. Otro análisis imprescindible es la operación, un ejemplo es que si disponemos de una instalación de abastecimiento de calor a bajo precio (cogeneración, aprovechamiento de calor residual o energía solar térmica) garantizar la existencia de una demanda constante y estable, porque de nada nos vale que se aproveche sólo unos días al año si el abastecimiento de calor a bajo precio no se produce simultáneamente con la demanda.
Podría parecer que todos estos comentarios son obviedades, pero no lo es tanto. La existencia de comerciales más o menos agresivos o profesionales con escasa formación deriva en alumbrados LEDs sin considerar cuántas horas funcionan al año, instalaciones solares térmicas para piscinas públicas o polideportivos cerrados los fines de semana y durante el verano, o el uso de esta tecnología para calefacción en climas nublados, en los que el frío suele venir acompañado de nubes y el rendimiento real es mínimo.
Editorial del Nº20 de Dínamo Técnica firmada por su director, Dr. Fernando Blanco Silva