Orden TED/1247/2021 de autoconsumo colectivo
El pasado 16 de noviembre se publicaba en el Boletín Oficial del Estado la Orden TED/1247/2021, de 15 de noviembre. En ella se modifica el anexo I del Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía.
La Orden modifica la implementación de coeficientes de reparto variables en autoconsumo colectivo. Permite a los partícipes de una misma instalación de autoconsumo compartido repartirse de forma variable su producción y que pueda así optimizarse la misma. Este reparto podrá ser distinto en todas y cada una de las horas del año, será flexible y podrá modificarse cada cuatro meses. Podrá así ajustarse mejor a las pautas de consumo de los usuarios. Hasta ahora, la normativa solo contemplaba coeficientes de reparto fijos.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia actualizará los formatos de los ficheros de intercambio de información entre comercializadoras y distribuidoras. Tras esta actualización, las compañías eléctricas dispondrán de un período de cuatro meses para la adaptación de los sistemas de facturación.
Los usuarios de autoconsumo colectivo podrán establecer coeficientes de reparto distintos para cada hora del año. Esto permite optimizar el reparto de energía generada por la instalación. Es de especial importancia cuando los partícipes tienen pautas de consumo muy diferentes durante el día, la semana o durante el año. Es el caso de edificios que combinen locales comerciales, oficinas y viviendas.
Los coeficientes variables deben establecerse con anterioridad a que se produzcan los consumos y se genere la energía. De esta manera se evitarán dificultades y retrasos en la facturación, en la interacción entre las distintas comercializadoras y en la remisión de los datos a estas.