La transición energética exige un nuevo formato de factura eléctrica
La facturación eléctrica en España en la actualidad está formada dos capítulos fundamentales, el término de potencia y el término de energía, que posteriormente se gravan con el Impuesto de Valor Añadido (IVA). Independientemente que los ciudadanos tengamos nuestras propia opinión sobre lo que pagamos cada mes, es obvio existen diferentes elementos distorsionadores que impiden que el usuario pague exactamente una cantidad proporcional al consumo que ha realizado.
Estamos cansados de ver facturas de suministro eléctrico con un nulo consumo por varias decenas de €, debido a que el término fijo (como su nombre indica) se cobra con independencia del uso de la energía; este concepto se debe al número máximo de kW que el abonado puede consumir sin que salte el automático (Interruptor de Control de Ponencia). Esta es la primera distorsión que aparece en la factura, un término fijo de difícil cálculo cuyo importe global corresponde a los costes que las empresas del sector (transporte y distribución) afirman tener; la naturaleza monopolística de estas dos actividades ya supone un problema a la hora de asegurarse el funcionamiento eficiente y saber si las actuaciones de mantenimiento y mejora de la red son realmente necesarias. En general me parece discutible la existencia de una tarifa binómica donde además se mantienen a los costes en un mismo orden que cuando el desembolso era básicamente en mejora de las infraestructuras, mientras que ahora la actividad principal es su mantenimiento.
Respecto a la parte del término variable, el que se paga por cada kWh consumido, las distorsiones aparecen al introducirse en la factura términos como la moratoria nuclear, el sobrecoste de los regímenes extrapeninsulares, el sobrecoste de las renovables respecto a las convencionales o el Bono Social Eléctrico. Aunque es muy complejo hacer un cálculo real de cuánto es el término de energía sin todos estos conceptos, considero que todos (o al menos una parte) deberían ser abonados por los Presupuestos Generales del Estado por no ser conceptos eléctricos.
Desde mi punto de vista el término fijo debería retirarse de la factura eléctrica (o al menos minimizarlo), imputándose su coste proporcionalmente al término variable; parece difícil de entender que en las segundas viviendas y similares los abonados tengan que pagar por una potencia que no van a consumir durante 9 ó 10 meses del año, siendo inviable económicamente cortar el consumo durante estos días.