Real Decreto-ley 29/2021, autorizaciones administrativas para eólica marina
El Real Decreto-ley 29/2021, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito energético para el fomento de la movilidad eléctrica, el autoconsumo y el despliegue de energías renovables, ha sido aprobado este 21 de diciembre.
En este RDL 29/2021, en su Disposición Final cuarta, se establecen dos excepciones a la moratoria establecida en junio por el RDL 12/2021. En éste se impide la presentación de solicitudes de autorización administrativa de instalaciones de eólica marina hasta la aprobación de un nuevo marco normativo para esta tecnología.
Ahora, para que no se vean afectados los proyectos de I+D+i en eólica marina, se admitirán a trámite las siguientes autorizaciones administrativas:
- Aquellas que ya cuenten con autorización administrativa previa.
- Las asociadas a la creación o ampliación de infraestructura para la prueba, demostración o validación de prototipos y nuevas tecnologías asociadas a la energía eólica marina. Esto incluye las infraestructuras necesarias de evacuación eléctrica. Para acreditar que la actividad sea considerada de investigación y desarrollo o de innovación tecnológica, deberá contar con los pertinentes informes. Esta acreditación corresponde al Ministerio de Ciencia e Innovación y al Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).