Sistema de Certificados de Ahorro Energético, a información pública
MITECO ha iniciado este mes de julio el trámite de audiencia e información pública de la Orden ministerial que desarrolla varios elementos del Sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE). Puede consultarse aquí. Su aplicación facilitará alcanzar los objetivos nacionales de ahorro fijados por la normativa comunitaria.
La Directiva 2012/27/UE, relativa a la eficiencia energética, insta a los Estados Miembros a la creación de un Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (SNOEE).
Permite asignar a las empresas comercializadoras de gas y electricidad, a los operadores de productos petrolíferos al por mayor y a los operadores de gases licuados de petróleo al por menor, una cuota anual de ahorro energético en el ámbito nacional, en función de su volumen de ventas. En el caso español se traduce en aportaciones financieras equivalentes al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE).
Este Real Decreto establece el sistema de CAE. Las empresas sujetas a cuota anual de ahorro podrán voluntariamente sustituir un porcentaje de sus pagos al FNEE por un ahorro de energía final equivalente, bien propio, bien en sus clientes, que podrán acreditar con CAE.
Los CAE podrán comercializarse, monetizando el ahorro. Se obtendrán como contraprestación de medidas de eficiencia energética, que podrán estar incluidas en el Catálogo de medidas estandarizadas, y serán emitidos por el Gestor designado por cada comunidad. La coordinación del sistema corresponderá al MITECO.
El proyecto de Orden que se ha elevado a trámite de audiencia desarrolla varios elementos del Real Decreto. Es el caso de las figuras del Sujeto Delegado, el Verificador del Ahorro de Energía o el Registro Nacional de CAE.
- Sujetos Delegados: intermediarios debidamente acreditados, ejecutarán actuaciones de ahorro y eficiencia energética generadoras de CAE que permitan a las empresas obligadas a contribuir al SNOEE reducir su aportación financiera anual al FNEE. Tanto los sujetos delegados como las empresas obligadas podrán promover la realización de actuaciones para la obtención de CAE, o bien adquirir CAE directamente en el mercado.
- Verificador del Ahorro de Energía: se trata de una entidad acreditada por Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) encargada de comprobar que la documentación e información presentada por las empresas obligadas o por sus delegados para obtener CAE es acorde con la normativa. Desempeñará su cometido de acuerdo con los procedimientos de ENAC.
- Registro Nacional de CAE: se inscribirán los CAE emitidos por los Gestores Autonómicos. Dependerá del MITECO y permitirá inventariar a las empresas obligadas y los sujetos delegados en cada ejercicio, así como trazar todas las operaciones realizadas con los CAE durante sus tres años de validez desde la ejecución de la medida. Estará alojado en una Plataforma electrónica que permitirá a los interesados tramitar todo el procedimiento relativo a los CAE, desde la solicitud hasta la liquidación, de un modo transparente.
El trámite de audiencia e información pública permanecerá abierto hasta el 26 de agosto de 2022.