Las comunidades energéticas protagonizarán la década 2020-30 en el sector
El consumo de energía es uno de los parámetros más importantes a la hora de identificar los niveles económicos y de bienestar de los países, y también para conocer el grado de concienciación ambiental, en algo tan sencillo de medir como el porcentaje de renovables en su mix energético.
Durante la primera década del presente siglo las políticas energéticas de la Unión Europea se centraron en la promoción de las energías renovables como principal herramienta para la reducción de Gases de Efecto Invernadero. Una vez marcada la senda correcta en la promoción de estas tecnologías el relevo fue cogido por la eficiencia energética, y en el decenio entre 2010 y 2020 fueron muchos los esfuerzos en este ámbito para detener el Calentamiento Global.
En la presente década el desafío se centra en las comunidades energéticas. Pese a que los Fondos de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea han invertido miles de millones de € en el fomento de la economía del hidrógeno ésta es una tecnología incipiente, y son pocos los proyectos reales que se llevan a la práctica. A diferencia del hidrógeno las comunidades energéticas son ya una realidad, y son muchas las iniciativas que están concretándose bajo esta definición.
La Orden TED/1021/2022 de 25 de octubre, emitida por el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico define una comunidad energética como una persona jurídica basada en la participación abierta y voluntaria, efectivamente controlada por socios o miembros que sean personas físicas, pymes o entidades locales, que desarrolle proyectos de energías renovables, eficiencia energética y/o movilidad sostenible que sean propiedad de dicha persona jurídica y cuya finalidad primordial sea proporcionar beneficios medioambientales, económicos o sociales a sus socios o miembros o a las zonas locales donde operan, en lugar de ganancias financieras, e incluso puede abrirse la definición a otras comunidades existente que busquen el fomento de las tecnologías renovables, eficiencia energética o movilidad sostenible.
Esta definición de Comunidad Energética es amplia y poco limitante, lo que facilita una interpretación a medida del concepto; realmente la comunidad energética es un grupo de personas físicas o jurídicas que se ponen de acuerdo para obtener beneficios no monetarios en forma de reducción del consumo de energía, así de una primera lectura podemos encajar en este grupo ciudadanos y empresas que se agrupan para poseer una instalación de producción eléctrica (fotovoltaica o minieólica) o agrupaciones de consumidores de energía útil (por ejemplo un district heating), pero al mismo tiempo deja la puerta abierta a novedosas fórmulas en las que los propietarios obtengan un beneficio ambiental derivado del uso más racional de la energía.
Autor: Fernando Blanco Silva, doctor, ingeniero industrial y economista, director de Dínamo Técnica.