Definidas las condiciones para que las industrias intensivas puedan contabilizar sus ahorros energéticos

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha abierto a audiencia pública una propuesta de Orden ministerial que define qué se entiende por “empresa de gran consumo de energía del sector industrial”, con el fin de facilitar la contabilización de sus ahorros en el Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (SNOEE).
Esta medida se enmarca en la Directiva (UE) 2023/1791, que permite hasta 2030 contabilizar los ahorros energéticos logrados en procesos industriales intensivos, incluso cuando se emplean tecnologías de combustión directa de combustibles fósiles, siempre que no impliquen el uso de carbón ni exista una alternativa técnica más sostenible.
La propuesta busca impulsar la eficiencia energética en industrias extractivas y manufactureras, reconociendo su esfuerzo mediante criterios específicos. Para ser consideradas como empresas de gran consumo energético, deben operar en España, acreditar un consumo energético medio anual igual o superior a 1 GWh en los tres años previos, y demostrar una intensidad energética mínima respecto a su valor añadido bruto. Además, las actuaciones deberán llevarse a cabo en instalaciones donde se verifique ese consumo intensivo.
Para que sus ahorros sean válidos dentro del sistema SNOEE y del Sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE), las empresas deben cumplir requisitos como haber realizado una auditoría energética, disponer de un plan de ejecución, y demostrar que el uso de tecnologías fósiles directas es la opción más eficiente y compatible con la legislación climática. Todo ello debe estar documentado, ser verificable y accesible públicamente. Las alegaciones a esta propuesta podrán presentarse hasta el 12 de agosto.


















